Conocé qué categoría te corresponde, cómo deberás abonar las obligaciones mensuales y cuándo podrás adherirte y recategorizarte. Categorías AFIP efectuará la conversión de oficio de las categorías de revista de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado (RS) al día 31 de diciembre de 2016, a las nuevas categorías previstas en el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, modificado por la Ley N° 27.346, considerando las siguientes pautas y presunciones: Actual Categoría Nueva Categoría según conversión Presunción Anual Parámetro “Ingresos Brutos” B A Hasta $ 84.000 C B Hasta $ 126.000 D C Hasta $ 168.000 E D Hasta $ 252.000 F E Hasta $ 336.000 G F Hasta $ 420.000 H G Hasta $ 504.000 I H Hasta $ 700.000 J I Hasta $ 822.500 K J Hasta $ 945.000 L K Hasta $ 1.050.000 No se efectuará conversión de oficio a las sociedades comprendidas en el Régimen Simplificado, e...
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