Los comprobantes que hayan sido impresos antes del 31 de octubre de 2014 se pueden seguir utilizando, pero previamente hay que informarlo a la AFIP. Aquí las instrucciones.
Por una nueva disposición de AFIP comunicada esta semana, los monotributistas deberán informar la numeración de las facturas que ya tengan impresas a la entidad recaudadora para poder seguir utilizándolas.
El requisito que deben cumplimentar es que la fecha de impresión debe ser anterior al 31 de octubre de 2014. Si es posterior, no podrán utilizar esos comprobantes.
Para hacerlo hay tiempo hasta el 31 de marzo de este año y se debe contar con la clave fiscal para hacerlo a través de la web de del organismo.
Paso a paso, esto es lo que hay que hacer para informarlo.
1) Ingresar en www.afip.gov.ar e iniciar sesión con N° de CUIL y clave fiscal.
2) Al ingresar con la clave fiscal, se abre una pantalla que muestra un menú de opciones. Hacer click en "Autorización de Impresión de Comprobantes" (la segunda opción de la columna derecha, debajo de "Aportes en línea”. Si no te aparece la opción, al final va el detalle de qué hacer para que aparezca).
3) Seleccionar el nombre y apellido (la única opción que se puede clickear) y luego "Régimen Informativo de comprobantes de existencia".
4) Hacer click en la opción "Ingreso de comprobantes".
5) Seleccionar la opción "Agregar comprobantes". Allí se abre una nueva ventana, en la que hay que ingresar el tipo de comprobante, punto de venta, y los números de las facturas impresas. Todos estos datos surgen del talonario de facturas impresas. El tipo de comprobante lo tiene impreso arriba, con una letra (FACTURA C). El punto de venta son los primeros dígitos de la numeración de la factura (generalmente 0001-). Por último, hay que ingresar la numeración de los comprobantes impresos (ese dato está al final de la factura, como así también el resto de la información sobre lugar y fecha de impresión del comprobante).
6) Guardar e imprimir la constancia.
Para aquellos a quienes no les aparece en la primera pantalla la opción “Autorización de Impresión de Comprobantes”, hay que habilitar el servicio y eso requiere una serie de pasos previos:
a) Ingresar con la clave fiscal. En la primera pantalla que aparece, hay que seleccionar la opción “Servicios Administrativos Clave Fiscal” que está arriba, en una barra gris y debajo de la opción “Ayuda”
b) De las nuevas opciones que se agregan, seleccionar “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
c) Hacer click en el botón azul “ADHERIR SERVICIO” que está a la derecha.
d) Seleccionar el botón de AFIP.
e) Hacer click en la opción “Servicios Interactivos”.
f) Buscar en el listado (que está por orden alfabético) la opción “Autorización de Impresión de Comprobantes” y hacer click en ese vínculo.
g) Se abre una nueva pantalla que contiene los datos propios. Presionar “Confirmar”.
El sistema no dará ninguna confirmación especial, pero con estos pasos se agregó la opción faltante en el menú del usuario. Para poder verlo, hay que cerrar sesión y volver a ingresar con CUIL y Clave Fiscal. Una vez que se complete este paso aparecerá en la primera pantalla, como segunda opción, "Autorización de Impresión de Comprobantes" y deberán seguirse los primeros pasos mencionados en esta nota.
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