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La Ley de Medios olvidada y modificada para recuperar su carácter monopólico: introducción.

La Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, conocida como Ley de Medios, es una ley que establece las normas para regir el funcionamiento y la distribución de licencias de los medios radiales y televisivos en la República Argentina.

Tras su aprobación por el Congreso de la Nación (146 votos afirmativos, 3 negativos y 3 abstenciones en la Cámara de Diputados; 44 votos afirmativos contra 24 negativos y ninguna abstención en el Senado), fue promulgada el 10 de octubre de 2009 por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y se constituyó en reemplazo de la Ley de Radiodifusión 22.285 instituida en 1980 por la dictadura militar autodenominada Proceso de Reorganización Nacional y que se mantenía vigente.

Existió, desde la recuperación de la democracia en 1983, un amplio consenso acerca de la necesidad de derogar y sustituir la norma de la dictadura, sancionando una nueva ley en consonancia con las necesidades cívicas y participativas del sistema democrático. Los presidentes Raúl Alfonsín (1988) y Fernando de la Rúa (2001) presentaron sendos proyectos de ley que nunca pudieron ser tratados, pues estuvieron siempre afectados por fuertes presiones por parte de los intereses involucrados.
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La Guía Completa a la Ley de Medios.

En agosto de 2009, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió al Congreso de la Nación un nuevo proyecto de ley para reemplazar la anterior Ley de Radiodifusión del gobierno de facto. Dicho proyecto estaba basado en una propuesta de veintiún puntos que había sido presentada por la Coalición por una Radiodifusión Democrática en 2004 y debatida durante un año en 24 foros que se desarrollaron a dicho fin en distintos puntos del país.
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El proyecto de ley fue presentado en la Cámara de Diputados y aprobado por esta instancia luego de que se le realizaran más de 100 modificaciones, adquiriendo de esta manera la media sanción. En el Senado, fue aprobado por 44 votos a favor y 24 en contra, convirtiéndose en ley.

La impugnación del Grupo Clarín.

No obstante, el Grupo Clarín impugnó la aplicación de cuatro artículos de la Ley (41, 45, 48 y 161) mediante el uso de sucesivas medidas cautelares, cuestionando aspectos que limitaban la acumulación de licencias de televisión por aire y por cable y que obligaban a la desinversión, en consecuencia, de aquellos grupos económicos que se hallaran más allá de esas limitaciones (entre ellos el propio Grupo Clarín).

Esta postura de la empresa paralizó la plena aplicación de la Ley durante más de cuatro años, durante los que el Grupo Clarín logró evitar su propia adecuación a los artículos 41, 45, 48 y 161, manteniendo en el ínterin la posesión de la totalidad de sus licencias de medios de comunicación.

Finalmente, el 29 de octubre de 2013, cuatro años y diecinueve días después de la promulgación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, y tras haber pasado el proceso por distintas instancias judiciales, la Corte Suprema de Justicia dictó un fallo final de 392 páginas en el que determinó la validez de los cuatro artículos en cuestión y la constitucionalidad general de la ley.

Además, resolvió que los plazos para el total cumplimiento de la ley se encontraban entonces vencidos desde el 7 de diciembre de 2012, por lo que obligaba la adecuación y consecuente desinversión de aquellos grupos económicos que se hallaran excediendo el límite de licencias, poniendo fin a la larga controversia judicial y dando paso a la aplicación efectiva e inmediata de la totalidad de la Ley de Medios en Argentina.



La composición del fallo de la Corte Suprema de Justicia fue la siguiente: Seis votos por la afirmativa (Dres. Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, con la salvedad de que Dres. Maqueda y Argibay lo hicieron con algunas consideraciones respecto de los plazos de adecuación) y uno por la negativa de toda la Ley Carlos Fayt, el fallo establecía que es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado. Los jueces consideran que este tipo de regulaciones es una práctica internacionalmente difundida y aceptada.

Antecedentes legales.

Citan numerosos precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Declaración de Principios sobre la libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, así como fallos nacionales e internacionales.

Macri modifica la ley morigerando su carácter antimonopólico.

A comienzos de 2016, la ley fue modificada por un decreto de Mauricio Macri.​ El mismo apuntó a morigerar el carácter antimonopólico de la ley, beneficiando a los principales medios de comunicación del país.
Leer también: Implicarte, terapia por otros medios para contrarestar la cultura represora.

Reacciones.

A través de las redes sociales se ha expresado un fuerte repudio hacia el decreto, y se ha cuestionado su legalidad.

En julio de 2017, el caso llegó a la Corte Suprema, que deberá pronunciarse para avalar o no la constitucionalidad del decreto.



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Comentarios

  1. Macri no solo la modificó, la rehizo a medida de Clarín.

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    Respuestas
    1. Es verdad. Si hay algo a lo cual el actual gobierno le rinde pleitesía es al gobierno y a la manipulación de los medios de comunicación. El grande titiritero que es Magnetto sabe que todo pasa por ahì. El voto se maneja desde ahì. Gracias por comentar y participar en el debate.

      Eliminar

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