¿Qué es el monotributo?
El monotributo unifica el componente impositivo -IVA y Ganancias- y el componente previsional -aportes jubilatorios y obra social- en una única cuota mensual, haciendo más simple y ágil cumplir con tus obligaciones.
Se deben cumplir con determinados valores de parámetros como facturación anual, superficie de locales, energía eléctrica consumida y el monto de alquiler del local/es.
¿Qué ventajas obtengo como monotributista?
En estos casos tenés que inscribirte en el Régimen General.
Este régimen te permite pagar el 5% del monto total de las operaciones facturadas durante el mes anterior y el monto que pagás queda registrado como pago a cuenta de tu jubilación. Para inscribirte como Trabajador Independiente Promovido tenés que comenzar a hacer el alta en este sitio. Podés ver los pasos a seguir en la opción “¿Cómo me doy de alta?”.
El monotributo unifica el componente impositivo -IVA y Ganancias- y el componente previsional -aportes jubilatorios y obra social- en una única cuota mensual, haciendo más simple y ágil cumplir con tus obligaciones.
Se deben cumplir con determinados valores de parámetros como facturación anual, superficie de locales, energía eléctrica consumida y el monto de alquiler del local/es.
¿Qué ventajas obtengo como monotributista?
Simplificación impositiva.
Con una cuota fija mensual cubrís el pago de tus obligaciones impositivas y de seguridad social.Múltiples canales de pago.
Podés pagar con transferencia electrónica, débito automático en cuenta o tarjeta de crédito, a través de cajero automático, entre otras opciones.Leer también: Las Guías de la AFIP: categorías, asignaciones, costos y modos de pagar el Monotributo.
Incentivo al cumplimiento.
Si cumplís en tiempo y forma con el pago mensual durante un año calendario con débito automático o tarjeta de crédito, te reintegramos el importe del componente impositivo de un pago mensual.¿Yo puedo ser monotributista?
Podés ser monotributista si:- Vendés productos (cosas muebles) o prestás servicios.
- Formás parte de una sucesión indivisa que continúa realizando la actividad de una persona física fallecida (la persona tiene que haber sido monotributista al momento de fallecer).
- Integrás una cooperativa de trabajo.
- Conformás una sociedad Ley N° 19.550 Capítulo I Sección IV (ex sociedad de hecho) que tenga como máximo 3 socios.
- Realizás más de 3 actividades simultáneas o tenés más de 3 locales.
- Realizás importaciones de bienes.
- Vendés productos a más de $2.500 cada uno.
En estos casos tenés que inscribirte en el Régimen General.
¿Cuáles son las exigencias de la AFIP?
- Si vendés productos tus ingresos brutos anuales no pueden superar los $1.050.000.
- Si prestás servicios tus ingresos brutos anuales no pueden superar los $700.000.
- Si pertenecés a alguna de las categorías desde la “I” en adelante, debés que tener un mínimo de empleados a cargo.
- Si vendés productos, el precio máximo por unidad no puede superar los $2.500.
- No tenés que haber realizado importaciones en los últimos 12 meses.
Otros tipos de monotributo.
Si sos un trabajador independiente, tu actividad es la única fuente de ingresos y no tenés local o establecimiento, podés acceder al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.Este régimen te permite pagar el 5% del monto total de las operaciones facturadas durante el mes anterior y el monto que pagás queda registrado como pago a cuenta de tu jubilación. Para inscribirte como Trabajador Independiente Promovido tenés que comenzar a hacer el alta en este sitio. Podés ver los pasos a seguir en la opción “¿Cómo me doy de alta?”.
Las Guías de la AFIP: requisitos y condiciones para poder adherir al Monotributo.Haz Clic para Twittear
Si estás dado de alta en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, existe el Monotributo Social, habilitado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, donde debés realizar tu alta. Si bien no es un trámite que se realice en AFIP, te damos la opción de reimprimir tu credencial y de consultar la información que tenemos disponible acerca de este régimen especial.Inscribete a mi feed clicando en la imagen más abajo para tenerte siempre actualizado sobre los nuevos contenidos del blog:
Excelentes guías. Te sigo.
ResponderEliminarGracias por comentar Maia, saludos.
EliminarUna ves constituida un mono contribuye con /B.obligaciones cuáles son los requisitos
ResponderEliminarTrata de ser más claro con la pregunta.
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